Acuerdo inicial y alcance
La primera conversación define el perímetro: qué tipo de entidad se verifica, qué fuentes registrales están disponibles en la jurisdicción y qué se considera una señal relevante para el caso. Si una fuente no existe o llega con retraso, se anota como límite antes de empezar, no después.
El alcance se documenta por escrito y cualquier cambio posterior se registra como enmienda con fecha.